Pronunciamiento del Tribunal Constitucional: despido de los trabajadores a tiempo parcial no se requiere causa justa
Mediante sentencia recaída en el expediente Nº 0990-2008-AA/TC, el Tribunal Constitucional (TC) señala que al haber laborado el demandante desde el año 2006 a la fecha de cese con jornadas de 3 horas diarias, en aplicación del artículo 22° de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, su cese no requiere la existencia de causa justa contemplada en la ley y debidamente comprobada.
En el caso, el demandante solicitó el reconocimiento de su relación laboral, al margen de los contratos civiles que celebraba, y su reincorporación en el empleo dado que fue despedido sin causa. El TC reconoció la relación laboral del demandante en vista a las pruebas presentadas por este: los contratos de locación de servicios, la constatación policial, las constancias de locación de servicios, el Acta de Inspección emitida por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y los recibos por honorarios profesionales. Sin embargo, como el TC observa que el demandante prestó servicios del 2001 a 2006 con una jornada de 4 horas diarias de lunes a viernes, pero desde el 2006 a la fecha de cese con una jornada de 3 horas diarias de lunes a viernes; concluye que el demandante no tiene estabilidad
laboral de acuerdo a lo que indica la ley.
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