Opinión del Mintra respecto al cálculo de la bonificación extraordinaria que reduce el costo de las gratificaciones
Mediante informe del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo se señala que la bonificación extraordinaria que manda a pagar la Ley que reduce temporalmente el costo de los aguinaldos y gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, se calcula tomando como base la remuneración real del trabajador, aun cuando esta sea inferior a la Remuneración Mínima Vital.
Como se puede recordar, la citada ley establece que, entre el 01 de mayo de 2009 y el 31 de
diciembre de 2010, los empleadores deben abonar las aportaciones a EsSalud que
corresponden con relación a las gratificaciones que reciba cada trabajador, bajo la modalidad de bonificación extraordinaria que tiene carácter no remunerativo ni pensionable. Al respecto, el Mintra considera que dicha bonificación se calcula en función a lo efectivamente percibido por el trabajador, aun cuando la gratificación a pagarse sea inferior a la Remuneración Mínima Vital.
|
|
|
|
|
|