Le­yes
Controversias en el nuevo régimen de jubilación anticipada

Como una medida para atenuar los efectos de la crisis, el Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 29426, que crea el Régimen Especial de Jubilación Anticipada para desempleados en el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Esta iniciativa proporciona condiciones flexibles de retiro a hombres y mujeres de 55 y 50 años respectivamente, afiliados al SPP, que se encuentran en situación de desempleo por un periodo mayor a doce meses.

Según el Ministerio de Economía, la norma, que estará vigente hasta el año 2012, busca beneficiar a unos 150 mil afiliados que adelantarían su jubilación o realizarían un retiro parcial de su fondo. Sin embargo, cabe hacerse la pregunta de rigor: ¿Es esta una disposición realmente sostenible para un sector considerado vulnerable? ¿O se trata más bien de una política efectista, tal como arguyen sus críticos más visibles, que hace recordar a la pasada liberación de las CTS? Al respecto, el laboralista Carlos Morales subraya: “En principio, el problema es que la coyuntura está dejando de ser recesiva y es posible distinguir mejoras en el empleo; y segundo, que la medida está planteada para tener un impacto marginal, pudiendo afectar finalmente la calidad de vida de muchas personas a largo plazo”.

Financiamiento para el retiro

A diferencia del anterior régimen de jubilación anticipada aprobada en el 2002, que señalaba que el fondo acumulado debía tener el monto suficiente para deducir una pensión que duplicara una remuneración mínima, la nueva ley permite la jubilación con una pensión igual o mayor a un salario mínimo (550 soles). Según cálculos, para que ello ocurra, el afiliado debe contar con un fondo aproximado de.330 mil soles.

Por otro lado –y aquí reside la gran polémica–, aquellos que no alcancen ese monto pueden solicitar a la AFP la devolución del cincuenta por ciento de sus aportes, dejando el saldo restante para el momento regular de su jubilación (65 años). Esta directiva ha generado una ola de críticas sobre el posible desamparo en que quedarían las personas que se acojan a esta política, pues una inmensa mayoría de afiliados no cuenta con un fondo que sobrepase los 15 mil soles, y una devolución parcial de su dinero sería insuficiente para el desarrollo de emprendimientos personales y, por tanto, la autogeneración de ingresos.

De acuerdo con el congresista Yonhy Lescano, este régimen carece de toda sustentación técnica y no representa ningún beneficio para el asegurado pues le obstaculiza el acceso a una pensión decente a la hora de jubilarse por edad legal. “Al no devolverse el 100% de los fondos, el Estado ha confiscado el dinero del afiliado para que las AFP sigan lucrando con él mientras se devalúa. Esta ley perjudica las pensiones de muchas personas, dejándolas por debajo de los 50 soles mensuales al momento de su jubilación tradicional, y eso es inaceptable", indica.

Salud en juego

Otro punto de controversia se halla en la cobertura de servicios de salud. Considerando la Ley de Modernización de la Seguridad Social, si una persona accede a la jubilación anticipada continuará bajo la protección de Essalud. El dilema se concentra en aquellos que decidan acceder a la devolución parcial de sus aportes, pues, como bien subraya Héctor Cusman, intendente de AFP de la Superintendencia de  Banca y Seguros, “al no tener la condición de pensionistas, su acceso a prestaciones de salud se materializaría recién cuando hayan solicitado su jubilación regular; es decir, a los 65 años, momento en el cual el Bono de Reconocimiento entraría en juego a efectos de financiar una pensión”.

Precisamente, otra diferencia entre los regímenes pasados y el actual es el desembolso de dicho bono que, como se sabe, es un valor través del cual el Estado reconoce los aportes realizados por el trabajador al Sistema Nacional de Pensiones, antes de incorporarse al SPP. En esta oportunidad, el abono de este beneficio no se encuentra supeditado al agotamiento de la cuenta del afiliado, garantizando con ello que el capital del jubilado prematuro sea mayor y, por tanto, aumenten sus posibilidades de obtener una mensualidad más atractiva. Sin embargo, de acuerdo con Morales, este desembolso masivo podría generar problemas, pues el Estado no está en la capacidad de responder con anticipación y puntualidad a las AFP.

Por todo lo mencionado, resulta indispensable que los afiliados soliciten asesoría en las AFP con relación a sus posibilidades de acceso a uno u otro beneficio, así como evaluación del estado de sus aportaciones, viabilidad del Bono de Reconocimiento, documentos para acreditación de beneficiarios, entre otros. En resumen, asegurarse que ciertas políticas públicas no comprometan lo que debiera ser una compensación digna por una trayectoria de trabajo cumplida.

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