MIGRACIÓN ANUNCIADA
Dado que la tendencia en los últimos años ha sido disminuir el número de actividades sujetas a intermediación laboral, los empresarios del ramo han visto la necesidad de trasladar sus operaciones a la tercerización. Así, con el fin de atender las necesidades de sus clientes, tuvieron que modernizar sus sistemas de trabajo y crear divisiones altamente eficientes. Este fue el caso de Adecco, una empresa con 7.000 empleados que brinda servicios de tercerización a diversos negocios, en los ramos de minería, hidrocarburos, ventas, outsourcing industrial y de pago de nómina, entre otros. “La ventaja es que somos una compañía de reclutamiento y tenemos experiencia internacional. Entonces, si alguien necesita un profesional, nosotros lo vamos a encontrar. Nuestro negocio es comprar gente con el know how con la que podamos brindar cualquier servicio”, señala San Román.
Si bien en el aspecto estrictamente económico, para las empresas resulta más beneficioso tercerizar que intermediar, puesto que pueden cobrarles montos más altos a sus clientes, no es menos cierto que tercerizar es un negocio que implica más riesgo, ya que, al tener que hacerse cargo de la ejecución y los resultados de un proceso productivo, son responsables de los resultados. En este sentido, funcionan como cualquier empresa de servicios, sujeta a reclamos y a acciones legales de parte de sus clientes, a diferencia de cuando solo tenían un vínculo de intermediación en el que su responsabilidad culminaba con el pago de la nómina.
En líneas generales, cabe decir, que la tercerización es una modalidad que se está popularizando en el mundo y que según las Organización Mundial del Trabajo (OIT) debe ser aceptada y promovida, siempre y cuando su naturaleza sea auténtica; vale decir que cumpla con los requisitos de autonomía, tenga capital propio, aporte tecnología, que cuente con equipamiento y cobre en función del servicio y no del número de trabajadores que desplaza. De ser así –qué duda cabe–, se convierte en una modalidad que impulsa la economía al ser un centro de ingresos y no de gastos de las organizaciones, que les permite a las empresas centrarse en su core business, que incrementa los niveles de especialización en el país, sin descuidar los beneficios de los trabajadores.
IDAS Y VENIDAS
A fines de 2009, el Ministerio de Trabajo intentó reducir el número de actividades de intermediación laboral con la Resolución Directorial 003-2009-MTPE/3/11.2, a las de vigilancia, seguridad, reparaciones, mensajería externa y limpieza. El motivo: simplificar el trabajo de los inspectores laborales, ahorrándoles el proceso de determinar si una actividad es principal o complementaria. La decisión, como se previó desde su promulgación, fue rechazada por el gremio de empresas de intermediación laboral pues, entre otras cosas, iba en contra de una disposición superior (la Ley Nº 27626).
Recordemos que la citada ley, vigente desde 2002, establece claramente que las empresas que brindan servicios complementarios son aquellas que destacan a su personal para desarrollar actividades accesorias o no vinculadas con el giro del negocio de la empresa, y que esta condición se define en función de cada empresa usuaria. Asimismo, el reglamento de la referida ley precisa que actividad complementaria es “toda aquella de carácter auxiliar, no vinculada con la actividad principal, y cuya ausencia o falta de ejecución no interrumpe la actividad empresarial”.
Tomando en cuenta el ordenamiento legal y luego de varias reuniones con los actores involucrados, el Ministerio dio marcha atrás y promulgó la directiva nacional O01-2010-MTPE/3/11.2, que volvió a abrir el registro de actividades sujetas a ser intermediadas, retornándose con ello al ordenamiento descrito en la ley, que incluye la distinción “entre otras” en los párrafos que definen a las actividades complementarias y altamente especializadas.
PROBLEMA DE FONDO
En aproximadamente veinte años de actividad en el país, a las empresas de intermediación se les ha tildado de “explotadoras”. Una corriente de opinión que, quizá, haya sido más política que técnica, y en la que, al parecer, justos pagaron por pecadores, pues el verdadero problema nunca giró en torno a la calificación de las actividades complementarias o a la temporalidad de la relación laboral, sino a la informalidad y abusos que muchas empresas cometían en contra de sus trabajadores. Por tanto, la solución siempre estuvo más ligada a la capacidad de fiscalización del Ministerio de Trabajo que a los artículos de la legislación en curso.
Hasta el año 2007, existieron cerca de 1.000 empresas de intermediación laboral informales, según la Federación Nacional de Cooperativas de Trabajo y Fomento del Empleo (Fenacofem). Estas incumplían las exigencias laborales básicas, como tener una planilla, pagarles o remunerar a tiempo a sus trabajadores, respetar las normas de salud en el trabajo, entre otras. En ese punto, cabe decir que las infracciones más graves registradas en los procesos han sido cometidas por las empresas de construcción civil (por ejemplo, no proporcionar las indumentarias y herramientas básicas de protección a los obreros para que realicen sus labores). “Si bien el Ministerio cuenta con un reglamento de seguridad y salud en el trabajo, fiscalizar a las empresas requiere de mayores capacidades, tanto en lo referido a recursos como a entrenamiento de su personal. Esta situación se agrava en las provincias, donde, paradójicamente, hasta hace un año, los inspectores no recibían todos sus beneficios”, señala Héctor Pantigoso
Según el Banco Mundial, uno de los factores que provoca la informalidad del empleo en Perú es la rigidez de la legislación laboral. Así, en el informe “Haciendo negocios”, documento desarrollado el año pasado que compara la facilidad para hacer negocios formales entre los distintos países del mundo, cataloga al Perú como uno de los países con mayores trabas para los empresarios. Tomando en cuenta lo último, ¿acaso no es previsible que algunos decidan esquivar la formalidad? Renato Mejía, laboralista de Miranda & Amado Abogados, opina que sería saludable restarle complejidad a la reglamentación peruana, pero sin que esto signifique disminuir los beneficios de los trabajadores. “Es cierto que nuestra legislación es complicada y debería simplificarse. Creo que en la intermediación, por ejemplo, los conceptos de “principal” y “complementario” son engorrosos y deberían remplazarse por el de “temporalidad”. En este caso, todas las actividades podrían ser intermediadas, pero solo por un tiempo determinado. Con lo que sí estoy de desacuerdo es con modificar los beneficios laborales de los trabajadores en nombre de dinamizar el empleo”, asegura.
Pero el tema de la informalidad tiene raíces que no pasan solo por el marco legal y que están íntimamente ligadas al propio proceso productivo. Este es el caso de los empresarios que, para evitar incurrir en sobrecostos laborales y mantener sus negocios competitivos en el mercado, contratan intermediadoras o tercerizadoras marginales e, incluso, las obligan a mantenerse en la ilegalidad para no elevar sus tarifas. Por este motivo, desde el año 2007, la Ley multa a las compañías usuarias que contratan empresas de intermediación laboral informales. Asimismo, les ha transferido una obligación que las compromete aún más con sus contratistas: la responsabilidad solidaria. Para Renato Mejía, tales medidas tienen un efecto positivo en el fomento del empleo formal. “Las empresas principales corren un grave riesgo al contratar servicios defectuosos, pues están obligadas a pagarles los beneficios a los trabajadores ante el incumplimiento de las compañías intermediadoras e, incluso, incluirlos en su planilla si se comprueba que la relación es fraudulenta”.
Sin embargo, no todos los especialistas coinciden en que haya sido un acierto incluir la responsabilidad para estos casos. Pablo Secada, economista del Instituto Peruano de Economía, considera que no es un trato justo para el empresario usuario. “Pedirle que asuma las contingencias de un incumplimiento laboral de una empresa que terceriza sus actividades es ridículo. Es como si a un cliente de Coca Cola le pidieras que se hiciera responsable porque esta organización utilizó agua sucia o niños en la fabricación de sus bebidas”, explica. En su opinión, el Ministerio debería mejorar los sistemas de fiscalización, sobre todo en el interior del país, que es donde se produce la mayor cantidad de injusticias, y brindar a los Gobiernos Regionales una mayor especialización sobre el tema.
Por otro lado, para combatir la informalidad, el Estado no puede dejar de lado su rol de principal difusor y promotor de derechos laborales, y mejorar el sistema de denuncias para hacer más eficientes sus procesos de inspección.